Problemática y tipificación del delito de robo simple y robo agravado
Fecha
2023-07-24Autor
Ulloque Arbildo, Elias Vladimir
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Nuestro trabajo pretende realizar un estudio descriptivo del robo
agravado, como supuestos atentatorios del patrimonio, teniendo en
consideración que, desde la perspectiva operativo-judicial, “el delito de robo
agravado requiere la concurrencia del dolo y el animus lucrandi”, que
determinando un error en una o varias personas, les induce a realizar una
disposición, consecuencia de la cual es un perjuicio en su patrimonio o de un
tercero
En el robo agravado el bien jurídico que el ordenamiento protege es el
patrimonio, así como la vida y la integridad física de la persona individual. Es
aplicable aquí, conforme lo indica Fontán Balestra, el concepto amplio de
propiedad y que comprende, no solamente bienes muebles o inmuebles, sino
también todo aquello que tiene significado para modificar los derechos y
obligaciones que, en conjunto, constituyen el patrimonio y que abarcan
derechos reales y personales, renuncia a derechos, creación de obligaciones,
que el delito puede alterar cambiando la resultante de la relación que ellos
guardan entre sí y que es el resumen del estado patrimonial de una persona
(1994, p. 475). En este delito lo relevante es la producción de un perjuicio al
patrimonio. Con el robo agravado pueden ser lesionados o puestos en riesgo
todos los derechos patrimoniales, afectándose indistintamente bienes
corporales muebles o inmuebles o de derechos. De esta manera el objeto
material de la acción en este caso, está constituido por los bienes muebles,
inmuebles y derechos, que constituyen el patrimonio de la víctima.
Por ello requerimos conocer cómo nuestro ordenamiento jurídico afronta
la protección del patrimonio como bien jurídico, desde la perspectiva de los
delitos de robo agravado, y como nuestro sistema penal legisla su sanción.
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