Análisis del Expediente 00704-2016-0-0401-JR-CI-06: Nulidad de Resolución Administrativa
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Fecha
2023-07-24Autor
Navarro Vilela, Carolina Marisol
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente trabajo tiene por finalidad el análisis de las sentencias obtenidas durante
el proceso contencioso administrativo vinculadas al expediente 00704-2016-0-0401-
JR-CI-06 en materia de Nulidad del acto administrativo, el cual fue iniciado mediante
la demanda interpuesta por el CITV Tecnología Máxima S.A.C. contra la
Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancías (en
adelante SUTRAN); cuya pretensión es declarar la Nulidad de la Resolución Gerencial
N.° 1384-2015-SUTRAN/06.4 y, por lo tanto, toda sanción administrativa que deviene
de esta.
El presente expediente es la revisión de la solicitud de nulidad del acto emitido por la
administración mediante resolución N.° 1384-2015-SUTRAN/06.04, se origina del
Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado a través del Acta de Verificación
N.° 01503554, del cual se imputó al demandante las infracciones tipificadas con los
códigos IT.25 (No llenar completamente el certificado de inspección técnica vehicular
y/o el informe de inspección técnica vehicular y IT.21 (Emitir certificados de Inspección
Técnica Vehicular respectos de los vehículos que no hayan aprobado la inspección
técnica vehicular) pertenecientes a la Tabla de Infracciones del Decreto Supremo
025-2008-MTC- Reglamento Nacional de las Inspecciones Técnicas Vehiculares.
Que, mediante Resolución Sub Directoral N.° 005182-2015-SUTRAN/07.2.1 de fecha
26 de enero de 2015, se sancionó a CITV Tecnología Máxima S.A.C. con la multa de
1 UIT y la Cancelación e Inhabilitación para obtener una nueva autorización.
Posterior a ello, con fecha 18 de febrero de 2015, el CITV Tecnología Máxima S.A.C
interpone Recurso de Apelación en contra de la Resolución Sub Directoral N.°
005182-S-2015-SUTRAN/07.2., la cual es declarada Infundada, por parte de la
administración pública mediante Resolución Gerencial N.º 1384-2015-SUTRAN/06.4.,
dándose así el último uso dentro de la norma administrativa.
Con fecha 30 de marzo de 2016, nació de la acción planteada por el demandante a
través de la Acción Contenciosa Administrativa interpuesta por CITV Tecnología
Máxima S.A.C. contra la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas
Carga y Mercancías, en donde la pretensión propuesta fue la Nulidad de Resolución
Administrativa.
Con fecha 25 de abril de 2017, el 6° Juzgado Civil de la Corte Superior de Arequipa,
declaró FUNDADA la demanda con la Sentencia N.º 34-2017, interpuesta por
Tecnología Máxima S.A.C. en contra de la Superintendencia de Transporte Terrestre
de Personas Carga y Mercancías
Aunado a ello, con fecha 04 de mayo de 2017, la SUTRAN la entidad estatal, es decir,
la Procuraduría Pública presentó una respuesta impugnatoria a lo alegado por la
decisión N.º 34-2017.
Con fecha 21 de mayo de 2018, la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia
de Arequipa, declaró FUNDADA la demanda mediante Sentencia de Vista N.º 249-
2018-3SC y confirmaron la Sentencia N.º 34-2017, en consecuencia, se dictaminó
que la Resolución Gerencial N.º 001384-2015-SUTRAN/06.4 deviene en nulidad.
Por consiguiente, con fecha 05 de junio de 2018, la Corte Superior de Justicia de
Arequipa, declararon procedente mediante resolución N.º 17, el Recurso de Casación
interpuesto por la Procuraduría Pública de SUTRAN, en contra de la Sentencia de
Vista N.º 249-2018-3SC de fecha 03 de mayo.
Como resultado, con fecha 27 de octubre de 2020, los jueces que pertenecen a la
tercera instancia de Suprema, a través de la Sala de Derecho Constitucional y Social
´Permanente, declararon INFUNDADO, el Recurso de Casación interpuesto por la
Superintendencia de Transportes, Carga y Mercancías.
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