El rigor sancionador del empleador debe ser proporcional y razonable
Resumen
El presente trabajo se analiza un despido de un trabajador de confianza, en donde se le
atribuye una falta grave por no cumplir sus funciones. Conforme se desprende de los
hechos, la trabajadora no pudo cumplir con la labor encomendada por cuestiones
familiares
Al respecto, es preciso señalar que si bien es cierto los trabajadores de confianza tienen
un grado de autonomía y responsabilidad que los asemeja a los titulares de la empresa,
ello no quiere decir que se pueda extinguir el contrato de dichos trabajadores sin recibir
ningún tipo de tutela.
Cabe precisar que la tutela resarcitoria tiene sustento en el artículo 27 de la Constitución
de 1993, que establece que la ley otorga una adecuada protección al trabajador contra el
despido arbitrario. Ello independientemente si el trabajador es de confianza o trabajador
ordinario.
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- Derecho [597]
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