1 FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS año 2024 La obligación Alimentaria del hijo a favor del padre ausente en Lima del TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL Para optar el título profesional de Abogado AUTOR Zelada Hinostroza, Renzo Jesús https://orcid.org/0009-0004-8198-5549 ASESOR Alberto Velarde Ramírez https://orcid.org/0000-0003-0349-7529 Lima, Perú, 2025 https://orcid.org/0009-0004-8198-5549 https://orcid.org/0000-0003-0349-7529 22% INDICE DE SIMILITUD 20% FUENTES DE INTERNET 4% PUBLICACIONES 10% TRABAJOS DEL ESTUDIANTE 1 4% 2 3% 3 2% 4 1% 5 1% 6 1% 7 1% 8 1% 9 1% 10 <1% 11 <1% La obligación Alimentaria del hijo a favor del padre ausente en Lima del año 2024 INFORME DE ORIGINALIDAD FUENTES PRIMARIAS Submitted to Universidad Inca Garcilaso de la Vega Trabajo del estudiante intra.uigv.edu.pe Fuente de Internet hdl.handle.net Fuente de Internet qdoc.tips Fuente de Internet www.coursehero.com Fuente de Internet repositorio.uigv.edu.pe Fuente de Internet alicia.concytec.gob.pe Fuente de Internet es.zenit.org Fuente de Internet repositorio.uladech.edu.pe Fuente de Internet aquisehabladerecho.com Fuente de Internet www.slideshare.net Fuente de Internet 2 DEDICATORIA A Dios en conjunto con mi madre por las oportunidades que me ha brindado como el camino profesional y circunstancias de las que me ha sacado, y a mi mismo por el empeño y peldaños que voy construyendo 3 AGRADECIMIENTO A mi docente Alberto Velarde, A mi madre Everlin Hinostroza, a mi universidad Inca Garcilaso de la Vega y a mí mismo. 4 RESUMEN Y PALABRAS CLAVE Bueno, este trabajo tiene como fin tomar conciencia en casos de que para mí no se debería imponer la obligación de acudir alimentos a padres ausentes, ya que, si no le aportó valor en educación, vestimenta y apoyo emocional, entre otras cosas, a su menor hijo; creo que resulta superfluo el solicitar o en todo caso exigir alimentos demandando o denunciando a su hijo mayor. Por lo que en este trabajo planteo ciertos puntos razonables que validan lo que voy mencionando, en vista que, si bien es cierto debe ser por reciprocidad, creo que también implica uno de los derechos más importantes como lo es el de la libertad, y uno a criterio suyo puede tener razón en que si no le brindó esa protección en los aspectos mencionados, cómo puede tener la insensatez de requerir alimentos a alguien que fue a lo mejor considerado inexistente para ese ser humano. Palabras Clave: Padre Ausente: Padre o madre no presente en aspectos de la vida del infante, puede ser desde el nacimiento hasta alcanzar la edad adulta del hijo. Obligación Alimentaria: la obligación o deber que una persona tiene de prestar alimentos a favor de otra. Reciprocidad: dar a cada quien lo que le corresponde por equidad. 5 ABSTRACT AND KEYWORDS Well, the purpose of this paper is to raise awareness in cases where, in my opinion, the obligation to provide support to absent parents should not be imposed. If a parent did not contribute to their child’s education, clothing, emotional support, among other things, I believe it is unreasonable to request—or even demand—support by suing or filing a complaint against their adult child. Therefore, in this work, I present several reasonable points that support my position. While it is true that support may be based on the principle of reciprocity, I also believe it involves one of the most fundamental rights: the right to freedom. From a personal point of view, if a parent failed to provide protection in the aforementioned aspects, how can they have the audacity to request support from someone who may have considered them nonexistent throughout their life? Keywords: Absent Parent: A father or mother who is not present in aspects of the child's life, which may range from birth until the child reaches adulthood. Child Support Obligation: The duty or obligation a person has to provide financial support (food, etc.) to another. Reciprocity: Giving each person what is rightfully theirs based on fairness. 6 ÍNDICE GENERAL INTRODUCCIÓN 9 CAPÍTULO 1: MARCO TEORICO DE LA INVESTIGACION 10 1.1 Marco histórico 10 1.2 12 1.2.1 12 1.2.2. Principio de Reciprocidad Familiar: 12 1.2.3. La Ausencia Parental y el Derecho de los Hijos: 12 1.2.4. Doctrina y Jurisprudencia Comparada: 13 1.3 13 1.3.1. Constitución Política del Perú (1993): 13 1.3.2. Código Civil Peruano (1984): 13 1.3.3. Código de los Niños y Adolescentes: 14 1.3.4. Tratados Internacionales: 14 1.4 14 1.4.1. Exoneración de alimentos por obligación recíproca del hijo al padre ausente en la legislación peruana: 14 1.4.2. El incumplimiento de la obligación alimentaria en nuestro sistema jurídico: 14 1.4.3. Implicancias del incumplimiento a la obligación alimentaria a los hijos y el interés superior del niño en el marco de la Legislación Peruana: 15 1.1.1 En la Época Romana: 10 1.1.2 En la Edad Media y Derecho Canónico: 10 1.1.3 En la Codificación del Derecho Civil (Siglo XIX): 10 1.1.4 En la Época Contemporánea: 10 1.1.5 La Obligación Alimentaria Recíproca en el Perú: 11 7 1.4.4. Retroactividad e imprescriptibilidad de la obligación alimentaria para el hijo 15 alimentista: 15 1.5 15 1.5.1. Obligación Alimentaria: 15 1.5.2. Reciprocidad Alimentaria: 15 1.5.3. Padre Ausente: 16 1.5.4. Abandono Parental: 16 1.5.5. Exoneración de la Obligación Alimentaria: 16 CAPITULO II: PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 16 2.1 Descripción de la realidad problemática: 16 2.2 Formulación del problema general y específicos 17 2.2.1 Problema General: 17 2.2.2. Problemas Específicos: 17 2.3 Objetivo general y específicos 17 2.3.1. Objetivo general: 17 2.3.2. Objetivos específicos: 17 CAPITULO III: JUSTIFICACION Y DELIMITACION DE LA INVESTIGACION 18 3.1 Justificación e importancia del estudio: 18 3.2 Delimitación del estudio: 18 3.2.1. Delimitación espacial: 18 3.1.2. Delimitación temporal: 19 3.1.3. Delimitación temática: 19 3.1.4. Delimitación jurídica: 19 CAPITULO IV: FORMULACIÓN DEL DISEÑO 19 4.1 Diseño esquemático 19 4.2 Descripción de los aspectos básicos del diseño 19 8 CAPITULO V: PRUEBA DE DISEÑO 20 5.1 Aplicación de la propuesta de solución 20 CONCLUSIONES 21 RECOMENDACIONES 22 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 22 9 INTRODUCCIÓN La obligación alimentaria es una figura jurídica que tiene como base la solidaridad familiar y la reciprocidad entre parientes. Tradicionalmente, se ha entendido como el deber de los padres de brindar alimentos a sus hijos menores de edad. Sin embargo, en los últimos años, ha cobrado relevancia la situación inversa: la exigencia legal de que los hijos mayores de edad brinden alimentos a sus padres, incluso en casos donde estos últimos estuvieron ausentes durante gran parte o toda la vida del hijo. Esta tesina tiene como objetivo analizar críticamente la viabilidad y legitimidad de imponer dicha obligación en contextos donde ha existido abandono parental, tomando como referencia el caso específico de Lima en el año 2024. Se busca reflexionar sobre el equilibrio entre el principio de reciprocidad y el derecho a la libertad individual, así como sobre los factores éticos, sociales y jurídicos que deben considerarse antes de exigir una responsabilidad de esta naturaleza. A través del desarrollo de este trabajo, se abordarán argumentos legales y morales que cuestionan si realmente es justo obligar a un hijo a sostener económicamente a un padre o madre que no cumplió con sus deberes parentales básicos, tales como la educación, el sustento y el apoyo emocional. 10 CAPÍTULO 1: MARCO TEÓRICO DE LA INVESTIGACION 1.1 Marco histórico La Obligación Alimentaria ha sido una figura esencial dentro del derecho familiar, y por ende de la familia, a lo largo de la historia, reflejando los valores sociales y jurídicos de cada época. Si bien, en sus orígenes, esta obligación se centraba principalmente en la protección de los hijos menores, con el pasar del tiempo se ha ido considerando y reconociendo la posibilidad de una obligación recíproca, donde los hijos puedan verse legalmente comprometidos a brindar o acudir alimentos a sus padres (Gonzales, 2019). 1.1.1 En la Época Romana: En el Derecho Romano, la alimentatio era una obligación moral y jurídica surgida de los lazos familiares tenía. El pater familias tenía el deber de mantener a sus hijos, pero también existía una expectativa o una apreciación legal de que, en caso de necesidad, los hijos adultos ayudaran a sus padres (López y Ruiz, 2020). Esta obligación se comprendía como una expresión del principio de solidaridad familiar. 1.1.2 En la Edad Media y Derecho Canónico: Durante la Edad Media, el derecho canónico, influenciado por la doctrina cristiana, reforzó la idea del deber mutuo entre padres e hijos, no solo como obligación legal, es decir, reconocida por el derecho; sino también como mandato moral (Martínez, 2018). 1.1.3 En la Codificación del Derecho Civil (Siglo XIX): Con la llegada de los códigos civiles modernos, como el Código Civil Francés de 1804, se regularizó la obligación alimentaria. Muchos países latinoamericanos adoptaron principios similares, estableciendo que no solo los padres tienen deberes hacia los hijos, sino también ahora los hijos mayores hacia sus padres en situación de necesidad (Pérez, 2021). 1.1.4 En la Época Contemporánea: En el siglo XX y XXI, derecho familiar ha evolucionado bajo el enfoque de los derechos humanos, el principio de igualdad y la equidad generacional. La legislación moderna reconoce el carácter bidireccional de la obligación alimentaria. Sin embargo, se ha generado un amplio debate jurídico y ético sobre si es válido exigir alimentos cuando el padre fue ausente o incumplió sus deberes durante la infancia del solicitante (Ramírez, 2022). 11 En algunos casos, la jurisprudencia ha privilegiado el cumplimiento legal de la obligación, mientras que en otros se ha reconocido que el abandono puede ser causa para limitar o negar dicha prestación (Torres, 2020). 1.1.5 La Obligación Alimentaria Recíproca en el Perú: La obligación alimentaria recíproca en el Perú ha evolucionado desde sus primeras manifestaciones en el derecho prehispánico hasta su consolidación en la legislación civil contemporánea, reflejando los cambios sociales y jurídicos que han influido en la concepción de la familia y sus deberes. - Derecho Prehispánico y Colonial: En las sociedades andinas prehispánicas, la solidaridad familiar era fundamental. Aunque no existían normas codificadas, la reciprocidad entre padres e hijos era una práctica común, basada en principios comunitarios y de ayuda mutua. Durante la época colonial, el derecho indígena fue regulado por las leyes de los españoles, pero las costumbres locales seguían influyendo en las relaciones familiares. - Código Civil de 1852: El primer Código Civil peruano, promulgado en 1852, introdujo la obligación alimentaria en el marco legal. Sin embargo, en esa época, la obligación de los hijos hacia los padres no estaba claramente establecida, enfocándose principalmente en los deberes de los padres hacia los hijos menores de edad. -Código Civil de 1936: La promulgación del Código Civil de 1936 representó un avance significativo en la regulación de las relaciones familiares. Aunque la obligación alimentaria recíproca no estaba expresamente contemplada, se reconocía la necesidad de asistencia entre familiares en situaciones de necesidad. - Código Civil de 1984: El actual Código Civil peruano, promulgado en 1984, establece claramente la obligación alimentaria recíproca en el artículo 474, que dispone que se deben alimentos recíprocamente: los cónyuges, los ascendientes y descendientes, y los hermanos. Esta disposición refleja un cambio en la concepción de la familia, reconociendo que los deberes alimentarios no solo recaen en los padres hacia los hijos, sino también en los hijos hacia los padres en situaciones de necesidad. - Jurisprudencia y Debates Contemporáneos: En la práctica judicial contemporánea, ha surgido el debate sobre la obligación de los hijos de prestar alimentos a los padres que estuvieron ausentes o incumplieron con sus deberes parentales. La jurisprudencia ha 12 señalado que, aunque los padres tienen derecho a solicitar alimentos, este derecho puede verse afectado por el comportamiento previo del progenitor, como el abandono o la falta de cumplimiento de sus deberes alimentarios (RPP Noticias, 2022). 1.2 Bases teóricas 1.2.1 La Obligación Alimentaria: La obligación alimentaria es una figura jurídica que emana de los vínculos familiares y busca asegurar la subsistencia de quienes se encuentran en situación de necesidad. En el derecho peruano, esta obligación se regula en el Código Civil de 1984, particularmente en los artículos 472 al 481. El artículo 474 establece que los hijos tienen el deber de proporcionar alimentos a sus padres, en un marco de reciprocidad y solidaridad familiar (Código Civil peruano, 1984). Según García (2017), la obligación alimentaria tiene un carácter tanto jurídico como moral, al buscar equilibrar los lazos afectivos y los deberes legales que derivan de la familia como institución protegida constitucionalmente. 1.2.2. Principio de Reciprocidad Familiar: El principio de reciprocidad es uno de los pilares del derecho de familia. No se trata únicamente de un derecho-deber unilateral, sino de una relación recíproca de asistencia. Este principio implica que, así como los padres están obligados a sostener a sus hijos durante su minoría de edad, los hijos, una vez alcanzada la mayoría y autosuficiencia, deben hacerlo si los padres caen en situación de necesidad (Sánchez, 2020). No obstante, se plantea una tensión ética y jurídica cuando el progenitor solicitante ha incumplido sus deberes parentales, ya que se cuestiona si es legítimo exigir una obligación sin haber cumplido previamente la correlativa. 1.2.3. La Ausencia Parental y el Derecho de los Hijos: La figura del padre ausente plantea un escenario complejo. La legislación peruana no regula de manera expresa la posibilidad de negar alimentos a un progenitor que haya abandonado a su hijo. Sin embargo, la doctrina ha comenzado a debatir la idea de "exclusión de la obligación por indignidad", aplicando principios como la equidad, la buena fe y la prohibición del abuso del derecho (Velásquez, 2019). Desde una perspectiva constitucional, el Tribunal Constitucional del Perú ha señalado que el derecho a los alimentos no puede ser absoluto ni desvinculado de otros principios, como 13 la dignidad, la justicia y el interés superior del niño (Tribunal Constitucional del Perú, 2006). 1.2.4. Doctrina y Jurisprudencia Comparada: Diversos autores y tribunales en América Latina han discutido la validez moral y legal de exigir alimentos a los hijos cuando hay antecedentes de abandono o maltrato por parte del progenitor. Por ejemplo, en Colombia y Argentina se han dictado sentencias donde los jueces han denegado alimentos a progenitores que no cumplieron sus deberes paternales (Pérez, 2021). Este enfoque busca humanizar el derecho de familia, reconociendo que el cumplimiento de las obligaciones debe ser coherente con una conducta familiar responsable y afectiva. 1.3 Marco legal El marco legal de la obligación alimentaria recíproca en el Perú está contenido principalmente en la Constitución Política del Perú y en el Código Civil, así como en tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado peruano. Estas normas establecen el deber de solidaridad familiar y la posibilidad de exigir alimentos a los familiares, incluidos los ascendientes y descendientes. 1.3.1. Constitución Política del Perú (1993): El artículo 4 de la Constitución establece que: "La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono." Este artículo establece una base constitucional para la protección de los adultos mayores en situación de necesidad, y fundamenta el deber de los hijos de prestar alimentos a sus padres. Sin embargo, no condiciona este deber al cumplimiento previo de los deberes parentales. 1.3.2. Código Civil Peruano (1984): La obligación alimentaria está regulada en los artículos 472 al 483 del Código Civil. En particular: Artículo 474 del Código establece que: 14 “Se deben alimentos recíprocamente: los cónyuges, los ascendientes y descendientes, y los hermanos.” Artículo 483 del Código establece que: “El obligado a prestar alimentos puede pedir que se le exonere de seguir prestándolos si disminuyen sus ingresos de modo que no pueda atender a la obligación sin poner en peligro su propia subsistencia o si ha desaparecido en el alimentista el estado de necesidad”. 1.3.3. Código de los Niños y Adolescentes: Aunque este cuerpo normativo se enfoca en la protección de los menores, refuerza el concepto de responsabilidad parental, lo que puede ser usado en la argumentación de que los deberes deben ser recíprocos y equitativos. El abandono del deber parental podría ser considerado una forma de negligencia con implicancias legales y éticas. 1.3.4. Tratados Internacionales: El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 10, y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (ratificada por el Perú en 2018), reafirman la obligación de los Estados y las familias de garantizar condiciones de vida digna para las personas mayores, incluyendo la alimentación, sin establecer condiciones sobre el comportamiento previo del beneficiario. 1.4 Antecedentes del estudio 1.4.1. Exoneración de alimentos por obligación recíproca del hijo al padre ausente en la legislación peruana: Herbias Jara y Pando Salirrosas (2023) desarrollaron una investigación titulada Exoneración de alimentos por obligación recíproca del hijo al padre ausente en la legislación peruana, en la cual proponen la incorporación de una causal de exoneración para aquellos hijos que fueron desatendidos por sus padres durante la infancia. Los autores señalan que, si bien el Código Civil peruano establece una obligación alimentaria recíproca entre ascendientes y descendientes (artículo 474), no contempla el incumplimiento de los deberes parentales como causal para dejar sin efecto dicha obligación. 1.4.2. El incumplimiento de la obligación alimentaria en nuestro sistema jurídico: Torres Castillo (2019) analiza el incumplimiento de la obligación alimentaria en el sistema jurídico peruano, enfocándose en la responsabilidad parental y las consecuencias legales 15 de la omisión de asistencia familiar. Su estudio destaca la importancia de la patria potestad y la necesidad de sancionar adecuadamente el incumplimiento de los deberes alimentarios, lo cual es pertinente para comprender el contexto legal en el que se sitúa la obligación alimentaria del hijo hacia el padre ausente. 1.4.3. Implicancias del incumplimiento a la obligación alimentaria a los hijos y el interés superior del niño en el marco de la Legislación Peruana: Montañez Ramos (2018) examina las implicancias del incumplimiento de la obligación alimentaria por parte de los padres y su impacto en el interés superior del niño, principio fundamental en la legislación peruana. Este estudio es relevante para tu investigación, ya que proporciona una perspectiva crítica sobre las consecuencias legales y sociales del incumplimiento alimentario, incluyendo posibles escenarios en los que el hijo podría verse en la posición de exigir alimentos al padre ausente. 1.4.4. Retroactividad e imprescriptibilidad de la obligación alimentaria para el hijo alimentista: Quispe Saire (2023) aborda la retroactividad e imprescriptibilidad de la obligación alimentaria, proponiendo que los hijos tienen derecho a reclamar alimentos desde la concepción y que esta obligación no debe prescribir con el tiempo. Este enfoque es pertinente para tu tesina, ya que refuerza la idea de que el derecho alimentario del hijo es irrenunciable y puede extenderse incluso en situaciones donde el padre ha estado ausente durante largos períodos. 1.5 Marco conceptual 1.5.1. Obligación Alimentaria: La obligación alimentaria es el deber legal que tienen determinadas personas de proporcionar a otras los medios necesarios para su subsistencia, incluyendo alimentos, vestimenta, vivienda, educación y atención médica. En el derecho civil peruano, esta obligación es recíproca entre ascendientes y descendientes (Congreso de la República del Perú, 1984). 1.5.2. Reciprocidad Alimentaria: El principio de reciprocidad alimentaria establece que el deber de prestar alimentos no es exclusivo de los padres hacia los hijos, sino también de los hijos hacia los padres cuando estos se encuentren en situación de necesidad. Esta reciprocidad no está condicionada expresamente al comportamiento pasado del beneficiario (Gonzales, 2018). 16 1.5.3. Padre Ausente: Se entiende por “padre ausente” al progenitor que no ha cumplido sus deberes parentales de asistencia, cuidado, educación y afecto hacia el hijo durante su niñez y adolescencia. Esta ausencia puede ser física, económica o emocional, y sus implicancias legales son objeto de debate respecto a la legitimidad de exigir alimentos en la vejez (Herbias Jara & Pando Salirrosas, 2023). 1.5.4. Abandono Parental: El abandono parental es la omisión voluntaria o negligente de los deberes legales y morales que corresponden al progenitor, como alimentar, educar, proteger y cuidar a sus hijos. Este abandono puede ser causal de restricción de ciertos derechos parentales o reconocimiento jurídico en algunos sistemas legales (Montañez Ramos, 2018). 1.5.5. Exoneración de la Obligación Alimentaria: La exoneración de la obligación alimentaria es el mecanismo legal mediante el cual un obligado puede solicitar liberarse de prestar alimentos a un beneficiario, basándose en causales como imposibilidad económica, falta de necesidad del alimentista, o razones éticas y morales como el abandono previo (Herbias Jara & Pando Salirrosas, 2023). CAPITULO II: PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 2.1 Descripción de la realidad problemática: En el contexto jurídico peruano, la obligación alimentaria ha sido tradicionalmente entendida como un deber que recae sobre los padres respecto de sus hijos menores o incapaces. Sin embargo, el artículo 474 del Código Civil establece que el deber de prestar alimentos puede extenderse a otros parientes, incluyendo los hijos hacia los padres, bajo determinadas condiciones. Este marco legal abre la posibilidad de que un padre ausente, es decir, aquel que no participó activamente en la crianza o manutención del hijo, pueda solicitar alimentos a este cuando se encuentre en situación de necesidad. En la ciudad de Lima, se han incrementado los casos de padres que, tras años de ausencia afectiva o económica, intentan ejercer este derecho. Esta situación genera controversias jurídicas y éticas, ya que los hijos muchas veces se ven obligados legalmente a responder a una obligación frente a una persona con la que no existe un vínculo afectivo sólido o cuyo abandono dejó secuelas emocionales o económicas. Asimismo, los juzgados de familia enfrentan dificultades al momento de resolver estos casos, ya que deben ponderar el principio de solidaridad familiar frente a situaciones de abandono parental. 17 Este fenómeno pone en evidencia vacíos normativos y la necesidad de interpretar la ley de forma coherente con los principios de equidad, justicia y protección del interés superior de las partes involucradas. En este sentido, es pertinente preguntarse hasta qué punto el derecho puede exigir el cumplimiento de una obligación alimentaria cuando el beneficiario no ha cumplido previamente con sus propias obligaciones parentales. En consecuencia, se hace necesario estudiar los límites y alcances de la obligación alimentaria del hijo a favor del padre ausente, así como su aplicación práctica en el sistema judicial limeño durante el año 2024. 2.2 Formulación del problema general y específicos 2.2.1 Problema General: ⮚ ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos y sociales que determinan la procedencia de la obligación alimentaria del hijo a favor del padre ausente en Lima durante el año 2024? 2.2.2. Problemas Específicos: ⮚ ¿Qué criterios utilizan los jueces de familia en Lima para otorgar o denegar la obligación alimentaria solicitada por un padre ausente? ⮚ ¿Qué efectos emocionales y sociales genera en los hijos la imposición de una obligación alimentaria hacia un padre ausente? ⮚ ¿Cómo se articula el principio de solidaridad familiar con el derecho del hijo a negarse a brindar alimentos por razones de abandono parental? 2.3 Objetivo general y específicos 2.3.1. Objetivo general: ⮚ Analizar los fundamentos jurídicos y sociales que determinan la procedencia de la obligación alimentaria del hijo a favor del padre ausente en Lima durante el año 2024. 2.3.2. Objetivos específicos: ⮚ Identificar los criterios jurisprudenciales aplicados por los jueces de familia de Lima respecto a la obligación alimentaria a favor del padre ausente. ⮚ Examinar las repercusiones emocionales y sociales en los hijos obligados a brindar alimentos a un progenitor ausente. ⮚ Evaluar la compatibilidad entre la obligación alimentaria y el principio de solidaridad familiar en casos donde exista abandono parental. 18 CAPITULO III: JUSTIFICACION Y DELIMITACION DE LA INVESTIGACION 3.1 Justificación e importancia del estudio: La presente investigación reviste gran importancia debido a que aborda un tema jurídico y social sensible: la obligación alimentaria del hijo hacia un padre ausente. En el marco del derecho civil peruano, específicamente en lo regulado por el artículo 474 del Código Civil, se establece que los hijos tienen la obligación de prestar alimentos a sus padres cuando estos se encuentran en estado de necesidad (Código Civil Peruano, 1984). Sin embargo, esta disposición legal no diferencia entre aquellos padres que han cumplido su rol de manera activa y responsable y aquellos que han estado ausentes, ya sea por abandono afectivo o económico. Este vacío normativo genera diversas controversias jurídicas y éticas, tanto en el ámbito judicial como en el social. Muchos hijos se ven enfrentados a demandas de alimentos por parte de padres con quienes no tienen vínculos afectivos ni una historia de apoyo mutuo. Esta situación evidencia la necesidad de reinterpretar las normas bajo principios como la equidad, la reciprocidad y el interés superior del justiciable (Sánchez, 2021). La investigación es pertinente en el contexto limeño del año 2024, donde se observa un aumento de este tipo de casos, así como un debate creciente entre operadores del derecho, académicos y la sociedad civil. El presente estudio busca contribuir a la comprensión de este fenómeno desde una perspectiva jurídica, doctrinaria y humana, analizando tanto el marco normativo como los criterios utilizados por los jueces y las implicancias sociales de su aplicación. Además, los resultados de esta investigación pueden servir como base para futuras reformas legislativas o interpretaciones jurisprudenciales más coherentes con los principios constitucionales de justicia y solidaridad, fortaleciendo el sistema de derecho de familia en el Perú (Gonzales & Rojas, 2020). 3.2 Delimitación del estudio: 3.2.1. Delimitación espacial: La investigación se circunscribe a la ciudad de Lima Metropolitana, donde se concentra una parte importante de los casos judiciales de alimentos y donde se encuentran los principales órganos jurisdiccionales especializados en derecho de familia. 19 3.1.2. Delimitación temporal: El estudio se enfoca en el análisis de casos, normativa y criterios jurisprudenciales correspondientes al año 2024, con el objetivo de brindar una visión actualizada del fenómeno jurídico. 3.1.3. Delimitación temática: La investigación se centra exclusivamente en la obligación alimentaria del hijo mayor de edad hacia el padre que estuvo ausente durante su infancia o adolescencia. Se excluyen del análisis los casos en los que el padre fue presente y activo en su rol parental, así como aquellos donde los alimentos son solicitados por otros parientes distintos al padre. 3.1.4. Delimitación jurídica: El marco legal que se analizará está conformado principalmente por el Código Civil peruano, la Constitución Política del Perú, la jurisprudencia nacional en materia de alimentos, así como principios constitucionales y derechos fundamentales relacionados con la familia, la igualdad y la solidaridad. CAPITULO IV: FORMULACION DEL DISEÑO 4.1 Diseño esquemático Esquema del Diseño de Investigación Elemento Descripción Enfoque metodológico Cualitativo Tipo de investigación Descriptiva-explicativa Método Análisis documental y jurisprudencial Técnicas Revisión bibliográfica, análisis normativo y estudio de casos judiciales. Instrumentos Fichas de análisis jurisprudencial y doctrinario Unidad de análisis Casos judiciales y marcos normativos relacionados con la obligación alimentaria hacia padres ausentes. 4.2 Descripción de los aspectos básicos del diseño La investigación parte del reconocimiento de un problema social y legal concreto: la solicitud de alimentos por parte de padres ausentes a sus hijos mayores de edad, en el contexto del derecho de familia peruano. En este sentido, se eligió una estrategia 20 cualitativa, por ser la más adecuada para abordar fenómenos complejos desde una perspectiva interpretativa, jurídica y contextual (Hernández Sampieri et al., 2014). Se ha optado por una investigación descriptiva y explicativa. Es descriptiva porque se identifican y sistematizan los criterios legales, doctrinarios y jurisprudenciales aplicables al caso de estudio. A su vez, es explicativa porque se pretende establecer relaciones entre la norma jurídica, el principio de solidaridad familiar, el abandono parental y el ejercicio del derecho a reclamar alimentos. La técnica principal es el análisis documental, a través de la recopilación y examen de leyes, doctrina y sentencias judiciales emitidas en Lima durante el año 2024. Se emplearán fichas de análisis jurisprudencial para sistematizar las resoluciones, y fichas bibliográficas para organizar los aportes doctrinarios. Esta metodología permitirá interpretar los criterios más frecuentes de los jueces de familia, así como su sustento constitucional y legal. La unidad de análisis estará compuesta por casos reales resueltos por los juzgados de familia en Lima, identificados a través de fuentes públicas o mediante acceso a jurisprudencia de libre disponibilidad, con énfasis en aquellos en los que el padre fue ausente y el hijo se ve obligado a brindar alimentos. Este diseño metodológico busca garantizar rigurosidad académica y coherencia con los objetivos de la investigación, permitiendo extraer conclusiones que aporten tanto a la doctrina como a la práctica judicial. CAPITULO V: PRUEBA DE DISEÑO 5.1 Aplicación de la propuesta de solución A partir del análisis normativo, doctrinario y jurisprudencial realizado en los capítulos anteriores, se propone como solución la aplicación de un criterio de reciprocidad efectiva para resolver los casos de obligación alimentaria del hijo a favor del padre ausente. Este criterio debería orientar la interpretación judicial bajo el principio de equidad y justicia material, consagrados en la Constitución Política del Perú (1993, art. 139, inc. 3). 21 La propuesta de solución consiste en que, al momento de evaluar una demanda de alimentos interpuesta por un padre ausente, el juez no solo considere el estado de necesidad del solicitante y la capacidad económica del hijo, sino que también evalúe de manera integral el cumplimiento previo del deber parental. Esto incluiría: El historial de abandono o ausencia comprobada del padre. La falta de contribución económica o afectiva durante la etapa formativa del hijo. La existencia (o no) de vínculo familiar real y activo. Para ello, se propone que el juez recurra a la valoración de medios probatorios subjetivos y objetivos, tales como declaraciones testimoniales, antecedentes judiciales, registros de omisión de alimentos y evaluaciones psicológicas si fuera necesario. Con base en ello, podría declararse improcedente o reducida la obligación alimentaria cuando se evidencie un abandono grave e injustificado del progenitor hacia el hijo. Este enfoque no vulnera el principio de solidaridad familiar, sino que lo contextualiza, protegiendo también el derecho del hijo a no ser obligado jurídicamente a sostener a una persona que lo desprotegió en una etapa esencial de su vida. Además, al integrar este criterio en la práctica judicial, se contribuiría a una jurisprudencia más coherente con los valores constitucionales y los derechos humanos, conforme al artículo 4 de la Constitución, que reconoce a la familia como base de la sociedad y exige su protección real (Constitución Política del Perú, 1993). En consecuencia, esta propuesta de solución permitiría: Evitar fallos injustos que ordenen alimentos en favor de padres que no cumplieron sus obligaciones básicas. Dotar a los jueces de herramientas argumentativas sólidas para aplicar criterios de justicia material. Fortalecer el equilibrio entre el principio de solidaridad y el derecho a la dignidad del hijo. 22 La implementación de esta propuesta puede contribuir, además, a futuras reformas legislativas que incorporen criterios de exclusión o limitación de la obligación alimentaria hacia padres que hayan incurrido en abandono parental grave, tal como ocurre en otros sistemas jurídicos comparados (Rivera, 2022). CONCLUSIONES La legislación peruana, específicamente el artículo 474 del Código Civil, establece una obligación alimentaria recíproca entre padres e hijos; sin embargo, no contempla explícitamente el abandono parental como causal de exclusión o limitación de esta obligación. Esto genera un conflicto ético y jurídico cuando un hijo es obligado a sostener a un padre que no cumplió con sus deberes durante su niñez. Existe un vacío interpretativo en la jurisprudencia nacional sobre cómo aplicar el principio de equidad en casos donde el progenitor solicitante fue ausente. Aunque algunos jueces recurren a criterios de reciprocidad, la falta de uniformidad genera inseguridad jurídica y resoluciones dispares en casos similares. 23 La aplicación estricta del principio de solidaridad familiar, sin considerar el historial de la relación padre-hijo, puede resultar en decisiones judiciales injustas. Esto vulnera el derecho del hijo a la dignidad, al reconocimiento del daño causado por el abandono, y al trato equitativo en sede judicial. El sistema jurídico limeño en el año 2024 enfrenta un reto importante: equilibrar el deber legal con los valores constitucionales de justicia, dignidad y protección de la familia. La obligación alimentaria debe analizarse no solo en términos económicos, sino también bajo una perspectiva relacional y afectiva. Deben ser específicas, concretas y relacionadas de manera directa con la situación problemática descrita y los resultados de la prueba de diseño. RECOMENDACIONES Incorporar en la legislación civil peruana una cláusula que permita excluir o modular la obligación alimentaria en casos de abandono parental grave e injustificado. Esto dotaría al juez de herramientas claras para valorar la reciprocidad en la relación padre-hijo. Establecer lineamientos jurisprudenciales uniformes a través de pronunciamientos vinculantes del Poder Judicial o la Corte Suprema. Estos lineamientos deben contemplar criterios como el historial de abandono, falta de contacto, desprotección emocional o económica, y afectación al desarrollo del hijo. 24 Fomentar la capacitación de jueces de familia en el análisis integral de la obligación alimentaria, incluyendo dimensiones afectivas, psicológicas y ético-sociales del vínculo familiar. Esto garantizará decisiones más humanas y contextualizadas. Promover investigaciones futuras y estudios doctrinarios sobre el abandono parental y su implicancia en los deberes alimentarios recíprocos. El desarrollo académico sobre esta materia es esencial para sustentar reformas legales y jurisprudenciales. Deben referirse a las sugerencias del investigador acerca de las posibilidades de aplicación práctica de los resultados, directamente relacionadas con las conclusiones. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Congreso de la República del Perú. (1984). Código Civil. Decreto Legislativo N.º 295. https://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Normas_Legales/295.pdf Congreso de la República del Perú. (1993). Constitución Política del Perú. https://www.congreso.gob.pe/Docs/files/CONSTITUTION_29_01_2021.pdf Congreso de la República del Perú. (2000). Código de los Niños y Adolescentes. Ley N.º 27337. https://busquedas.elperuano.pe García, L. (2017). Derecho de familia: teoría y práctica en el Perú. Editorial Jurídica Continental. 25 Gonzales, A., & Rojas, M. 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