Las empresas cementeras y su incidencia tributaria con el impuesto establecido en la ley N° 29741 caso: Expediente contencioso tributario N° 0150340018325 Y 0150350012012 interpuesto por CEMENTOS PACASMAYO S.A.
Abstract
El presente informe realiza un examen del derecho tributario en cuanto a los Expedientes
de Reclamación N° 0150340018325 y de Apelación N° 0150350012012 interpuestos por
la empresa CEMENTOS PACASMAYO S.A., contra la deuda tributaria girada por
concepto de Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica (en
adelante FCJMMS) correspondiente al ejercicio gravable 2015.
El objetivo principal del informe es el determinar si la citada empresa y en general, todas
las empresas de la industria cementera, configuran el supuesto de ser sujeto pasivo del
impuesto y por tanto, obligados al pago del FCJMMS; para tal efecto, se realiza un
análisis y revisión de los hechos principales que componen la controversia, así como las
actuaciones procesales más relevantes.
El análisis desarrollado nos permite concluir que CEMENTOS PACASMAYO S.A. y
en general, las empresas cementeras, que realizan las actividades de exploración y
explotación de minerales no metálicos bajo el sistema de concesiones; contrariamente a
la opinión de la SUNAT no serían sujeto pasivo del impuesto al no calificar como
“empresa minera” y por tanto, fuera del campo de aplicación al pago de la Aportación al
FCJMMS.
Finalmente, como recomendación planteamos una modificación normativa al Reglamento
de la Ley del FCJMMS en aras de limitar las actuaciones arbitrarias y confiscatorias de
determinación del aporte FCJMMS a cargo de las empresas iniciado en procedimientos
de fiscalización de la Administración Tributaria (SUNAT).
Collections
- Derecho [461]