Estudio de la tipificación del sicariato en la legislación penal peruana
Resumen
Desde la década de los años 80’ hasta la actualidad, el estado ha demostrado una
absoluta incapacidad para frenar los efectos nocivos de la delincuencia, la que por
el contrario se ha arraigado, evolucionado y perfeccionado llevándonos a la
situación actual de una sociedad sumamente violenta, casi al estándar Mexicano,
Colombiano y Brasilero.
Por ello nos interesa realizar un estudio de corte descriptivo, que nos permita
conocer en principio los fundamentos que orienta al Derecho penal, si finalidad su
perspectiva actual y futura, como fundamento del conocimiento doctrinario y
normativo del delito del sicariato y los fundamentos políticos criminales.
Como hemos manifestado, la inseguridad no puede reducirse únicamente a los
problemas de criminalidad, esto implica inclusive problemas de diversa índole, por
lo que la inseguridad es un riesgo urbano al que hace falta darle respuestas civiles.
No obstante, esta realidad histórica, el Estado Peruano, denotando su ineficiencia
histórica ha pretendido “solucionar” el problema de inseguridad, apelando siempre
a la criminalidad primaria inorganica y a políticas sobre – criminalizadoras
indiscriminadas.
La inseguridad no puede reducirse únicamente a los problemas de criminalidad,
esta es una problemática compleja, está atada a problemas de sanidad, de medio
ambiente, de urbanismo, de formación, es el resultado de desigualdades crecientes
en el acceso a los recursos; pone en juego conflictos de intereses, sobre todo con
respecto a la división y al uso del espacio y de los ritmos de la ciudad (tiempos libres
por las noches, deportes, prostitution). La inseguridad es un riesgo urbano al que
hace falta darle respuestas civiles.
Finalmente, el Congreso de la República debe reestructurar el delito de homicidio
por lucro, debiendo especificarse normativamente sus reales contornos típicos,
máxime si ahora, con la anterior modificación que introdujo el móvil de la codicia se
aprecia un posible concurso que le quitaría su identidad típica.
El estado debe proceder a derogar la modalidad típica del SICARIATO, debiendo
adscribir el tipo penal de homicidio por lucro a la fórmula española de precio o
recompensa recibida o estipulada. Debiendo para ello el legislador precisarlo
específicamente en una nueva y reestructura fórmula legal.
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- Derecho [599]