Análisis del Exp. N° 11404-2017 demanda de alimentos
Fecha
2022-05-20Autor
Balvin Pianto, Yessica Yannina
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Tener acceso a los alimentos, es un derecho natural, fundamental e innato al alimentista.
En el presente estudio se ha puesto énfasis en la normatividad peruana, teniendo también
como referencia lo contemplado en las diferentes legislaciones del mundo a lo largo del
tiempo. En esa línea de ideas, tenemos al Código Civil, Código Procesal Civil, al Código
de Niños y Adolescentes y la Constitución Política del Perú.
El Estado Peruano, como todas las naciones, reconoce el acceso a los alimentos como un
derecho fundamental inherente al ser humano, el que no puede estar desligado de la
familia. Por ello, tanto el padre como la madre están obligados a brindarlos, lo que a su
vez facilita garantizar el cumplimiento de otros derechos conexos: educación, salud,
empleo, recreación, vestimenta, alimentos, entre otros.
En la legislación peruana, los alimentos son considerados como todo lo indispensable e
intransferible que asegure un normal desenvolvimiento de los alimentistas y no peligre su
vida. Esto es, el sustento, subsistencia y permanencia como los cimientos de un derecho
natural. Asimismo, ante el incumplimiento, se han creado mecanismos coercitivos para
poder brindar la seguridad jurídica a los alimentistas. Es allí donde se solicita que la
justicia, a través de sus operadores, brinden una respuesta rápida, no se dilate el proceso
y se pueda resolver a la brevedad posible su incumplimiento; siendo el juez quien asume
este compromiso usando sus criterios para garantizar la subsistencia del menor o
alimentista.
Colecciones
- Derecho [597]
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