Materia no arbitrable y anulación del laudo arbitral
Resumen
El presente trabajo versa sobre un proceso de anulación parcial del laudo arbitral,
en donde se invoca las causales mencionadas en el artículo 63 de la Ley de
Arbitraje. El demandante manifiesta en su recurso que la decisión arbitral
contraviene el derecho de defensa, el principio de congruencia procesal, y la
debida motivación. La demanda fue absuelta por la parte demandada de forma
oportuna pidiendo que la misma sea declarada infundada.
En este sentido, el presente caso se pretende la anulación de laudo en base a
causales tasadas, las mismas que deber ser interpretadas de manera restrictiva, y
que, el demandante, debe invocar y probar adecuadamente. En efecto, es
responsabilidad de las partes encajar sus argumentos en una causal de anulación
de laudo establecida por ley, al mismo tiempo, deberá acreditarse
fehacientemente. Vale decir, a la parte accionante deberá probar lo que alega, en
base al principio de onus probandi, dicha lectura claramente se desprende de lo
prescrito en los artículos 63° y 64° de la Ley de Arbitraje, cuando precisa que las
causales deben fundamentarse y acreditarse con elementos de prueba pertinentes.
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