Análisis del expediente N° 00061-2006-0-3207-JM-CI-03 en materia de otorgamiento de escritura pública
Resumen
La presente investigación y/o estudio tuvo como objetivo primordial analizar los
fundamentos y/o criterios empleados en las sentencias de primera y segunda instancia en
relacion a la materia del OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA, recaídas en el
expediente N° 00061-2006-0-3207-JM-CI-03, del distrito judicial de San Juan de
Lurigancho.
El proceso de otorgamiento de escritura pública se desarrolla en la vía sumarísima es decir
un proceso rápido sin embargo debido a la carga procesal de nuestro poder judicial y
recordar que el distrito de San Juan de Lurigancho es uno de los mas grande de nuestro
País hace que se torne lento, tedioso y hasta engorroso el trámite solicitado.
Y en razón a esa carga procesal y sumado a ello la Pandemia por el Covid 19, el proceso
en resolverse duro casi 10 años.
Asimismo, veremos los criterios empleados por los magistrados en resolver dicha
materia, en la cual se ve claramente factores opuestos, ya que, En primera Instancia,
basados en el artículo Nº 1351, prima el factor sentencia, ya que, presumimos que ello
fue artífice de la tal decisión.
Según (Real, 2019) la comunicación Jurídica patrimonial, el objeto es siempre un
elemento de un patrimonio.
El magistrado determina la demanda Infundada, fecha 23 noviembre 2015, ya que, no se
cumplió lo pactado en el contrato, que es según la cláusula tercera: La suma de $
10,000.00(Diez mil dólares americanos) el precio de venta pactado – monto del cual solo
pagaron $7,000.00 dólares americanos, el cual el demandante alega cancelara el saldo al
momento de la independización, sin embargo, eso no estipula el contrato.
El 13 de enero 2017, los señores magistrados resuelven en segunda instancia y dictaminan
lo siguiente:
Anular la sentencia desfavorable, ya que se cumplió en cancelar el saldo pendiente a la
fecha, y Reformándola declararon FUNDADA LA DEMANDA.
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- Derecho [586]
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