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dc.contributor.advisorRivera Villa, Jesus Antonio
dc.contributor.authorFlores Huallpacuna, Belisario
dc.date.accessioned2022-02-19T19:34:24Z
dc.date.available2022-02-19T19:34:24Z
dc.date.issued2022-02-19
dc.identifier.urihttp://repositorio.uigv.edu.pe/handle/20.500.11818/5957
dc.description.abstractEl presente trabajo se titula “OBJETO DE PROTECCIÓN DEL HABEAS CORPUS PERMITE EXIGIR EL OTORGAMIENTO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD”. el presente trabajo tiene como objetivo analizar un proceso de habeas corpus, que interpone una ciudadana en contra del Jefe del RENIEC por habérsele denegado su duplicado de Documento Nacional de Identidad DNI durante un lapso de 4 años por parte de esta institución con los nombres que manifiesta en su demanda. La accionante considera que el acto lesivo trasgrede sus respectivos derechos constitucionales como la identidad, a la integridad psíquica y física, al libre desarrollo y bienestar y a la libertad personal. Cabe destacar que sucedieron una serie de situaciones como las varias inscripciones que se presentaron ante el organismo de la RENIEC, lo cual coincidió con el proceso de depuración del padrón electoral que llevó a cabo dicho organismo, lo que hizo que se anulara su segunda descripción en donde figuraba con otro nombre. Por ende desde que se extravió el DNI, la demandante no solamente solicitó la expedición del duplicado, sino que también exige la renovación de sus datos que se encuentran explícitos en su partida de Nacimiento; dicho pedido hasta la fecha en que se interpuso el Recurso de Agravio Constitucional ante el Tribunal Constitucional, no obtuvo respuesta por parte de la RENIEC durante aproximadamente 4 años. La demandante sustentó su Recurso de Agravio Constitucional en base a nuevos argumentos y pruebas fehacientes por el Tribunal Constitucional son analizados en concordancia con el Código Procesal Constitucional. Cabe resaltar que el acto de denegación era de ejecución continuada, Además la accionante contaba con un mandato judicial favorable que le había permitido la modificación de sus nombres, sin embargo por otro lado existió una depuración del Registro Electoral lo que se generó que se cancelara el segundo registro de la demandante quedando o manteniéndose solo la primera inscripción imposibilitando que se le otorgue su DNI, solicitado por la demandante con ocasión del extravío. Se tramitó a partir del 2005.es_PE
dc.description.uriTrabajo de Suficiencia Profesionales_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Inca Garcilaso de la Vegaes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/closedAccesses_PE
dc.rightsAtribución-NoComercial-CompartirIgual 2.5 Perú*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/*
dc.sourceUniversidad Inca Garcilaso de la Vegaes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UIGVes_PE
dc.subjectPrincipio de Supremacía Constitucionales_PE
dc.subjectInterpretación Constitucionales_PE
dc.subjectProceso de Hábeas Corpuses_PE
dc.subjectDerecho a la Identidades_PE
dc.subjectCosa Juzgadaes_PE
dc.subjectRecurso de Agravio Constitucionales_PE
dc.titleEl objeto de protección del Habeas Corpus permite exigir el otorgamiento del Documento Nacional de Identidades_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Inca Garcilaso de la Vega. Facultad de Derecho y Ciencias Políticases_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE


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