El objeto de protección del Habeas Corpus permite exigir el otorgamiento del Documento Nacional de Identidad
Resumen
El presente trabajo se titula “OBJETO DE PROTECCIÓN DEL HABEAS CORPUS PERMITE
EXIGIR EL OTORGAMIENTO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD”. el presente
trabajo tiene como objetivo analizar un proceso de habeas corpus, que interpone una
ciudadana en contra del Jefe del RENIEC por habérsele denegado su duplicado de
Documento Nacional de Identidad DNI durante un lapso de 4 años por parte de esta institución
con los nombres que manifiesta en su demanda. La accionante considera que el acto lesivo
trasgrede sus respectivos derechos constitucionales como la identidad, a la integridad
psíquica y física, al libre desarrollo y bienestar y a la libertad personal. Cabe destacar
que sucedieron una serie de situaciones como las varias inscripciones que se presentaron
ante el organismo de la RENIEC, lo cual coincidió con el proceso de depuración del padrón
electoral que llevó a cabo dicho organismo, lo que hizo que se anulara su segunda
descripción en donde figuraba con otro nombre.
Por ende desde que se extravió el DNI, la demandante no solamente solicitó la expedición
del duplicado, sino que también exige la renovación de sus datos que se encuentran
explícitos en su partida de Nacimiento; dicho pedido hasta la fecha en que se interpuso
el Recurso de Agravio Constitucional ante el Tribunal Constitucional, no obtuvo
respuesta por parte de la RENIEC durante aproximadamente 4 años.
La demandante sustentó su Recurso de Agravio Constitucional en base a nuevos
argumentos y pruebas fehacientes por el Tribunal Constitucional son analizados en
concordancia con el Código Procesal Constitucional.
Cabe resaltar que el acto de denegación era de ejecución continuada,
Además la accionante contaba con un mandato judicial favorable que le había permitido la
modificación de sus nombres, sin embargo por otro lado existió una depuración del Registro
Electoral lo que se generó que se cancelara el segundo registro de la demandante quedando
o manteniéndose solo la primera inscripción imposibilitando que se le otorgue su DNI,
solicitado por la demandante con ocasión del extravío.
Se tramitó a partir del 2005.
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- Derecho [599]
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