El proceso constitucional de la comunidad nativa Tres Islas y sus implicancias respecto a los derechos de los pueblos indígenas en el Perú
Resumen
El presente trabajo analiza la controversia entre la “Comunidad Nativa Tres Islas”
(Madre de Dios) y las empresas de transportes “Los Mineros S.A.C.” y “Los Pioneros
S.R.L.”, quienes formularon sucesivamente demandas constitucionales de hábeas
corpus que se resolvieron entre los años 2010 y 2012.
Las empresas formularon la primera demanda por una supuesta trasgresión al
derecho a la libertad de tránsito, que fue declarada fundada en primera y segunda
instancia. Por su parte, la comunidad nativa decidió interponer otra demanda contra
lo resuelto por los órganos jurisdiccionales, alegando principalmente que las
sentencias cuestionadas habrían vulnerado sus derechos de autonomía,
jurisdicción y propiedad comunal, la misma que fue rechazada de forma liminar en
primera instancia y, luego, corrigiendo, declararon su improcedencia. En segunda
instancia por mayoría se confirmó la improcedencia de la demanda de la comunidad.
Finalmente, la comunidad nativa decidió interponer el recurso de agravio
constitucional (RAC), con la finalidad de que el Tribunal Constitucional, máximo
Contralor de la Constitución, pueda resolver la controversia y dejar sin efecto las
resoluciones que habrían contravenido sus derechos. Es así que, en septiembre de
2012, el Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda del pueblo indígena,
la cual, previamente, reconvirtió en una acción de amparo a efectos de tutelar
adecuadamente los derechos de propiedad y autonomía comunal, que, a juicio del
referido tribunal, fueron vulnerados.
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- Derecho [586]
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